Historia de la radio de la Provincia de Buenos Aires

 

El 18 de febrero de 1937- "sale al aire" LS11 Radio Provincia de Buenos Aires,"Primer Broadcasting Oficial de un Estado Argentino" tal como rezaría su primer slogan.

El Dr. Noble en su discurso inaugural sostendría: ..."Un estado y una sociedad que no asimilen diligentemente las portentosas adquisiciones que la especie va acumulando en su inagotable afán de dominar a la naturaleza, se enerva, se estanca y retrocede."

En otro pasaje refiriéndose a la radio como medio diría: ..."Es más verdadera y más humana que la palabra escrita, porque lleva la vibración de la voz y el acento del corazón. Es por eso que el Gobierno ha resuelto utilizarla creando así con los habitantes de la Provincia, el medio más humano y confidencial que ni la palabra escrita ni el discurso solemne pueden suplir. LS11, Radio Provincia de Buenos Aires, está desde este momento al servicio de los habitantes de la Provincia.
Queremos hacer de ella un instrumento de cultura, destinado a elevar el nivel medio de los actuales programas de radiodifusión..."

Provincia empezó a transmitir en la frecuencia de 1310 Kc. desde el Pasaje Dardo Rocha en la Ciudad de La Plata y en la programación de entonces se incluían programas humorísticos, radioteatros, audiciones deportivas (transmitida en dúplex desde Buenos Aires y La Plata), informativos y los musicales como número fuerte con una tónica eminentemente popular: tango, folklore y jazz
fundamentalmente.

La Emisora como institución tuvo que sortear innumerables inconvenientes, traslados y el cambio de frecuencia a la actual 1270 Khz.
 

Posee una Discoteca que es y fue una de las más importantes de Sudamérica con el consecuente patrimonio cultural.
En 1999 dio a luz a la FM 97.1 Mhz. que desde la Ciudad de La Plata responde a las expectativas del público local y cosecha ya sus propios logros.

 

Poco después el 10 de abril de 2003 nace su Sitio Web:


www.amprovincia.com.ar

 

Decreto Fundacional

 

Se crea el servicio de radiodifusión y broadcasting

De la Provincia de Buenos Aires

 Decreto N° 51

  

La Plata, marzo 27 de 1935.-

Considerando:

 

            Que la radiodifusión ha adquirido una importancia social extraordinaria, dado que se trata del más directo y vasto medio moderno de comunicación entre el Estado y los individuos;
 

            Que su aplicación ha sido aconsejada por la experiencia de diversos estados americanos y europeos, en lo que se refiere a exigencias de las funciones que competen a los Poderes Públicos;
 

            Que desde el punto de vista de la cultura, ella se presta para realizar la obra de educación del pueblo, mediante la preparación de programas artísticos y de carácter docente que tiendan a elevar las ideas y los sentimientos generales;
 

            Que, por otra parte, teniendo en cuenta la dimensión territorial de la Provincia, es preciso que las autoridades dispongan de recursos técnicos que les permitan permanecer en contacto constante con toda la población, a fin de poder informarla e ilustrarla rápidamente sobre la labor que realiza en todos los órdenes de la Administración Pública, necesidad que no satisface la organización actual de este servicio.
 

            Por tanto, el Poder Ejecutivo, en acuerdo general de Ministros,---------

D E C R E T A:

 

  Art. 1°   Créase el “Servicio de Radiodifusión y Broadcasting de la Provincia de Buenos Aires”, dependiente del Ministerio de Gobierno.

  Art. 2°   La broadcasting LS11 Radio Telégrafo de la Provincia de Buenos Aires, pasará con todos sus implementos a depender de este servicio.

  Art. 3°   Modifícase el nombre actual de la broadcasting LS11, Radio Telégrafo de la Provincia de Buenos Aires. Broadcasting Oficial”.  

  Art. 4°  La nueva dependencia tendrá a su cargo la organización de transmisiones provinciales e interprovinciales, y regulará las relaciones con todas las radiodifusoras establecidas o a establecerse en el territorio de la Provincia, dentro de las normas legales y reglamentarias correspondientes.

  Art. 5°  Por la broadcasting “LS11 Radio Provincia de Buenos Aires, Broadcasting Oficial”, se propalarán las informaciones de todas las Reparticiones del Estado Provincial y en especial las referentes al servicio policial y a la enseñanza pública, en la forma que se reglamentará por separado de conformidad con los organismos respectivos.  Asimismo organizará, previa aprobación del Departamento de Gobierno, un programa de transmisiones de interés general con amplio carácter cultural.

  Art. 6°  Toda publicación ordenada por el Estado Provincial deberá propalarse por “LS11 Radio Provincia de Buenos Aires” lo mismo que las que ordenen las Reparticiones autónomas y las particulares que contraten con el Poder Ejecutivo.

  Art. 7°  Llámase a licitación por el término de ocho días, para la provisión de un equipo de radiodifusión, cuyas características y pliego de condiciones se ha confeccionado al efecto.

  Art. 8°  El producido de los servicios prestados por LS11 Radio Provincia de Buenos Aires, Broadcasting Oficial, será percibido por la misma, debiendo depositarse las sumas en Tesorería General en una cuenta especial que se denominará “Producido de la Broadcasting LS11 Radio Provincia de Buenos Aires”

  Art. 9°  Los gastos a realizarse para el funcionamiento de la misma se tomarán de Rentas Generales con cargo de reintegro del producido de ella.

  Art. 10°  El excedente que arroje la cuenta establecida en el artículo 8° se destinará a la organización y mantenimiento de servicios radiotelefónicos especializados para la función policial.

  Art. 11°  Comuníquese, publíquese y dése al registro y “Boletín Oficial”.

 

                                                           

MANUEL A. FRESCO

ROBERTO J. NOBLE

CÉSAR AMEGHINO

JOSÉ M. BUSTILLO